DERRIBANDO MENTIRAS “LIBERTARIAS”. Capítulo 4: EL ATAQUE A LA EDUCACIÓN PÚBLICA

El presidente Javier Milei incluyó en su paquete de medidas que conforman su MEGA- DNU y la “Ley Ómnibus” fuertes proyectos de reforma que afectarían seriamente la educación de, sobre todo, nuestrxs NNyA (niños, niñas y adolescentes) y el derecho constitucional a huelga de las y los trabajadores de la educación.

Milei se basa en férreas mentiras al expresar: “no se puede obligar a un ser humano a hacer algo. No les está yendo muy bien con la obligatoriedad porque la gente va dejando en el camino. El sistema de la obligación no funciona”, agregando que “en el sistema educativo actual ‘estás preso del adoctrinamiento’” y la falacia que afirma que “a la mayoría de la gente no le gusta la formación que le dan en el colegio”.

Obviamente, esto no es así y la medida que quiere consolidar el Poder Ejecutivo esconde el ataque a la presencialidad, que es obligatoria según lo establece la Ley de Educación. Dicha Ley señala, específicamente, que los estudios a distancia son una alternativa viable para jóvenes y adultos, solo a partir de los 18 años y cuando no sea posible garantizar la presencialidad por casos de epidemias, pandemias, catástrofes u otras cuestiones puntuales.

Milei se escuda, una vez más, en la supuesta “Libertad”. Por ello, en el artículo 550 de su proyecto de ley plantea las “Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, al hablar de estos temas.

El presidente miente: bajo la “pseudo- libertad” que plantea encubre el ataque a un derecho universal adquirido (como lo es el derecho a la educación pública y gratuita) arrasando con el espacio escolar sabido como fundamental, e irremplazable, en el proceso de socialización de todo niñx.

Asegurando que: “los estudios a distancia híbridos son una alternativa a la educación presencial a partir del segundo ciclo del nivel primario (4to.grado) para menores de edad, jóvenes y adultos, que podrán impartirse en las distintas modalidades educativas” está promoviendo, en realidad, una desregulación de la obligatoriedad de la educación presencial, un desentendimiento de la obligación estatal de garantizarla y un progresivo aumento masivo de procesos alternativos de mayor privatización escolar. Esto es así porque el proyecto de ley busca implementar que lxs niñxs de 9 años, con “el visto bueno” de los “padres”, tengan la posibilidad de estudiar a distancia y sin la obligación de asistir a un establecimiento educativo.

Tal es así que, en esta línea, desde CTERA (Confederación de Trabajadores de la Educación Argentina) advirtieron que la aprobación de la educación a distancia o virtual: “puede significar una descualificación de los procesos de enseñanza y de aprendizaje” y una “desvalorización de la importancia que tiene la presencialidad en los espacios físicos de las escuelas”. Añadieron que “sin la garantía de una equitativa disposición y distribución de dispositivos, conectividad, recursos, tiempos y espacios adecuados, deviene en profundización de las desigualdades y en más exclusión e injusticia social”. Si rememoramos, en concordancia con esto último, lo que ocurrió durante la suspensión de las clases presenciales en el transcurso de la Pandemia de Covid- 19 entenderemos, aún más, la gran deuda pendiente que Argentina tiene en relación a la equidad tecnológica, es decir; la marcada desigualdad que padecen las familias en cuánto al acceso a herramientas y dispositivos tecnológicos, o sea, a las necesarias TICs (Tecnologías de la Información y de la Comunicación) para poder acoplarse a un sistema educativo de Homeschooling (formación académica exclusivamente en el hogar). Con más razón nos preguntamos: ¿cómo se pretende hablar de libertad de elección por parte de las familias argentinas, en cuánto a “las posibilidades de educar a sus hijxs”, sí existe una enorme brecha digital para alcanzar esto?.

O sea: ¡no sería libre, sería injusto y aún más desigual pues no todxs tendrían la posibilidad de elegir y/ o acceder!.

A su vez, no es menor que el mundo no escapa a esta brecha señalada: la mitad de la población mundial no cuenta con acceso a Internet (cuestión también visibilizada, en mayor medida, durante la Pandemia de Coronavirus). Sin ir más lejos, EE.UU (uno de los países a los que tanto “quiere parecerse” Javier Milei) cuenta con un sistema de educación a distancia desde la primaria pero éste no es mayoritario (de más de 333.500 millones de habitantes, solo 5 millones lo han adquirido) y no todos los Estados lo han habilitado.

Con datos más concretos aún, es posible destacar que en ese país la Home School Legal Defense Association (HSLDA), fundada en 1983 y solo con 100 mil asociados, es una de las principales organizaciones “lobbystas” de la educación a distancia. Según una investigación de OpenDemocracy, la HSLDA está vinculada a las iglesias cristianas evangélicas y “se ha opuesto a los anticonceptivos, al aborto y al matrimonio igualitario” así como ha promovido “azotes” para educar a sus hijos. Datos tremendos que justifican el fracaso de una educación de este tipo que queda en manos de mercados empresariales o religiosos. Estas propuestas, alientan así un servicio de educación basado en el lucro y cualquier forma de mercantilización favoreciendo el avance privatizador a través del ingreso de corporaciones y/ o plataformas que negocian con la educación.

Por otro lado, y no menos alarmante, el proyecto de Milei contempla un examen meritocrático para alumnos secundarios y una cuota para estudiantes extranjeros que deseen estudiar en la universidad pública, entre otros cambios severamente peligrosos, xenófobos e ilegales.

Ahora bien, otro punto que arremete directamente contra la educación argentina es aquel que establecería a la educación como “servicio esencial” con el objetivo de anular el derecho a huelga y manifestación docente. El DNU modifica el artículo 24 de la Ley N° 25.877 del Régimen Laboral Argentino, que hasta ahora solo consideraba como esenciales los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo. Por supuesto, ni siquiera la OIT (Organización Internacional del Trabajo) establece a la enseñanza como servicio esencial pues, en caso de reclamos laborales, las huelgas docentes no representan un peligro social o humanitario.

¡En suma, las decisiones de Milei implican una restricción sobre los paros docentes (en una escuela, por ejemplo, no podrán adherir a una medida de fuerza más de 1 de cada 4 docentes) y la mercantilización del sistema educativo mediante una inaceptable educación virtual exclusiva para nuestrxs estudiantes!.

DERRIBANDO MENTIRAS “LIBERTARIAS”.

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