La Corte Suprema ordenó liberar a Cristina Vázquez condenada a prisión perpetua.


El tribunal de justicia absolvió, por unanimidad, a la mujer por el homicidio de una vecina en la provincia de Misiones en 2001.
También consideró que la causa “resultó ser un ejemplo de un proceso indebido en el que se negó la vigencia del principio de inocencia y la aplicabilidad al caso del in dubio pro reo y que ello se debía a la revisión parcial y sesgada que se había hecho del fallo”, y ordenó su inmediata liberación.


In dubio pro reo es el principio jurídico que expresa la obligatoriedad de probar los hechos y que, en el caso de que esta prueba sea insuficiente para demostrarlos, la decisión judicial deberá favorecer al acusado del delito.


Cristina, que tuvo condena a prisión perpetua en el 2010, sin ninguna prueba en su contra, la tuvieron en una cárcel más de doce años.


La Corte suprema de Justicia resolvió que Vázquez como Lucía Rojas no fueron responsables del homicidio de Ersélide Leila Dávalos, que fue cometido en julio de 2001 en la localidad de Posadas.


En las pruebas presentadas en la causa, los peritajes nunca mostraron que Vázquez, tenía algo que ver con el asesinato de Dávalos, solo una declaración de una vecina, que nunca fue llamada nuevamente a declarar, dijo que un conocido de Cristian andaba vendiendo las pertenencias de la víctima.


El Tribunal Penal Nº 1, a cargo de los jueces Selva Zuetta, Marcela Leiva, Fernando Verón, castigo a los tres acusados a la pena de prisión perpetua en un fallo calificado por los organismos de derechos humanos como  “cargado de prejuicios de género y de clase”.


Este caso de Cristiana Vázquez fue llevado al cine a través del documental  Fragmentos de una amiga desconocida, de Magda Hernández Morales.

https://www.youtube.com/watch?v=X25THS2sse8

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